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Fallo Antihuelga: para la CTA Autónoma «es un fallo restrictivo»

9 | junio | 2016

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El director del Observatorio Jurídico de la CTA Nacional, Horacio David Meguira, calificó, al aire de Nube Sonora, de «restrictivo» el fallo de la Corte Suprema que limita las huelgas sólo a aquellos trabajadores que estén afiliados a un sindicato.

La causa es en el marco de una huelga que habían convocado los sindicatos con personería gremial de trabajadores de correos. Pero en Monte Grande un plenario decidió seguir con la medida, y los empleadores despiden con la causal de que no era una huelga sindicalmente convocada, que enciende la polémica.

Según el abogado, la resolución del Máximo Tribunal que indica que sólo se puede hacer paro si se está afiliado a una entidad sindical, «antepone el derecho a la organización sindical a la resistencia a la opresión».

«Hubo debate de qué era gremio y qué era sindicato», contó Meguira pero explicó que la lectura es inversa: «No es el gremio el que llama a huelga, sino que el sindicato va atras de lo que decide el cuerpo de trabajadores».

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