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Chile: crean el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
4 | agosto | 2016Con 109 votos a favor y 1 abstención, la Cámara de Diputados aprobó este martes el proyecto de ley que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Después de cuatro meses de estudio y votación del articulado en las comisiones de Cultura y Hacienda, el proyecto fue despachado al Senado con un apoyo transversal de los diputados de la Sala de esta Corporación.
En la histórica sesión participaron destacados personajes del quehacer cultural, como el trovador Patricio Manns, además de funcionarios y las asociaciones gremiales del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, la Dibam y el Consejo de Monumentos Nacionales, instituciones que formarán parte del nuevo ministerio.
El ministro de Cultura, Ernesto Ottone, agradeció y valoró el apoyo transversal a la indicación sustitutiva que este año presentó el Gobierno de Michelle Bachelet al proyecto de ley de la administración del ex Presidente Sebastián Piñera.
“Esta propuesta recoge significativos procesos de debate ciudadano y del Estado por más de 25 años”, afirmó, en alusión al trabajo de las Comisiones Garretón o Ivelic en los años 90. “También incorpora, de manera central, los resultados de la Consulta Indígena, realizada entre 2014 y 2015; y parte sustantiva de las reflexiones y propuestas de organizaciones de creadores y cultores, como la UNA y Sidarte; como asimismo de las asociaciones de funcionarios de los servicios que serán parte de esta nueva institucionalidad: me refiero a Anfucultura, Anfudibam y los Trabajadores del Patrimonio”, detalló el secretario de Estado, quien destacó el trabajo de los diputados de las comisiones de Cultura y de Hacienda de la Cámara Baja.
El futuro nuevo ministerio
Actualmente, la institución cultural en Chile la componen el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA), la Dirección de Archivos y Museos (Dibam) y el Consejo de Monumentos Nacionales, órganos que realizan sus competencias de manera disgregada. El futuro Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio crea una institucionalidad que apunta a ser más ágil y eficiente, con domicilio en la ciudad de Valparaíso.
En el ministerio existirán dos subsecretarías: de las Artes, Industrias Culturales y Culturas Populares, junto con la del Patrimonio Cultural, ambas jurídica y administrativamente iguales y que por ley deberán estar coordinadas y articuladas.
En la primera estarán instalados los Consejos Sectoriales ya existentes, como lo son los del Arte y la Industria Audiovisual, el Consejo del Libro y la Lectura, junto al Consejo de Música Nacional. Además lo integrarán las Áreas Artísticas pertenecientes hoy al CNCA y las manifestaciones culturales populares y comunitarias.
El Patrimonio Cultural tendrá dos grandes órganos públicos: la Subsecretaría del Patrimonio Cultural y el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. La primera deberá proponer políticas al ministro o ministra, y diseñará y evaluará planes y programas en materias referentes al folclor, culturas tradicionales, cultura y patrimonio indígena, patrimonio cultural e infraestructura patrimonial. El Servicio, en tanto, será el encargado de implementar las políticas, y desarrollar planes y programas en todos los campos del patrimonio cultural.
El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural ampliará las actuales competencias de la DIBAM , incorporando al patrimonio inmaterial, sitios y bienes chilenos declarados como Patrimonio Mundial y las Culturas y patrimonio indígena.
Este nuevo servicio estará desconcentrado territorialmente, con Direcciones Regionales en todo el país. Serán parte del Servicio las instituciones patrimoniales del país, como la Biblioteca Nacional, el Archivo Nacional y los tres Museos Nacionales, más la Cineteca Nacional, formalizada con esta ley.
El servicio incluirá al Sistema Nacional de Bibliotecas, el Sistema Nacional de Museos, Sistema Nacional de Archivos y el Centro Nacional de Conservación y Restauración. Además se creará por Ley la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales.
Por otro lado, se crea una gran instancia de participación ciudadana. Se trata del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, para proponer políticas y acciones a las autoridades, entre otras atribuciones y que contará con representantes de la sociedad civil, pueblos originarios y del quehacer cultural. Además se crea un Consejo Asesor de Pueblos Indígenas, mientras no exista el Consejo Nacional de Pueblos Indígenas. Este Consejo Nacional tendrá expresión en cada región de Chile a través de Consejos Regionales con participación ciudadana.
En todas las regiones habrá Secretarias Regionales Ministeriales de las Culturas, que trabajarán coordinadamente con la respectiva Dirección Regional del Servicio Nacional del Patrimonio.
La tramitación
El proyecto, presentado por el Ejecutivo en mayo del 2013, por el ex Presidente Piñera y que tuvo una indicación sustitutiva por parte del Gobierno de Bachelet, la que fue firmada el 17 de diciembre del año recién pasado, ingresó a la Comisión el 5 de enero de este año. Pese a no ser obligatorio, los parlamentarios postergaron la discusión para generar instancias de diálogo con representantes de los gremios y de organizaciones culturales. El 4 de abril comenzó el período para que los parlamentarios presentaran indicaciones, iniciando el estudio del proyecto en la Comisión el 14 de abril pasado.
Bastaron 5 sesiones dobles de la Comisión de Cultura y una de la Comisión de Hacienda para que se despachara el proyecto, aprobando por unanimidad la gran mayoría de sus artículos.
Ahora el proyecto debe pasar al Senado, donde su Comisión de Educación y Cultura discutirá y votará en general la propuesta. Para ello, convocarán al ministro a presentar el proyecto y escucharán a actores de la sociedad vinculados al ámbito.
A continuación, el conjunto del Senado votará en general el proyecto, volviendo a la Comisión de Educación y Cultura para su estudio y votación particular de los artículos. Culminado ese proceso, pasará a la Comisión de Hacienda y, finalmente, para votación en particular en la Sala del Senado. De existir cambios respecto de lo aprobado en la Cámara de Diputados, esta última deberá revisar y dar su aprobación, quedando en condiciones de ser promulgada como ley de la República.
Fuente: Nodal